Objetivos
Potenciar el desarrollo de las Oficinas de Transferencia del Conocimiento (OTC).
- Fomentar el funcionamiento en red de las OTCs mediante la puesta en marcha de acciones, instrumentos y servicios de interés común.
- Promover la presencia de las Universidades en los programas y actividades de la Unión Europea.
- Asesorar a la Comisión Sectorial de I+D+i en los aspectos asociados a la articulación de la investigación universitaria con otros agentes del Sistema Nacional de Innovación.
- Colaborar con la Administración y con otros agentes sociales y económicos para facilitar las relaciones entre la universidad y la empresa.
- Contribuir al desarrollo e implantación de una imagen de las universidades que reconozca su aportación al desarrollo socioeconómico y al proceso de modernización empresarial
¿Qué es una OTC?
Las OTC son entidades intermediarias en el sistema español de ciencia, tecnología e innovación, que tienen encomendada la misión de dinamizar las relaciones entre los agentes del sistema, a través de las siguientes funciones:
- La protección de los resultados de I+D+I a través de títulos de propiedad industrial e intelectual, u otras modalidades de protección.
- La explotación de resultados de investigación, invenciones y nuevas tecnologías a través de cualquier tipo de contrato que suponga la transmisión de su uso o titularidad a terceros.
- La investigación colaborativa entre entidades públicas y privadas, así como la contratación de servicios de I+D+I y tecnológicos.
- La promoción de la creación de entidades basadas en el conocimiento.
- La difusión social del conocimiento.
Las OTRIs fueron concebidas dentro del I Plan Nacional de I+D 1988-1991 como el mecanismo que debía servir de catalizador de las relaciones entre la universidad y la empresa.
En 1996, a iniciativa de la Secretaría General del Plan Nacional, se creó el Registro de OTRI, regulado por la Orden Ministerial de 16 de febrero de 1996 (BOE de 23 de febrero), que amplía el concepto de OTRI al abrir la inscripción en el mismo a otras entidades del sistema nacional de innovación, como centros tecnológicos, asociaciones empresariales y distintos tipos de fundaciones con actividad en gestión de la I+D y transferencia (información en registro OTRI-MICINN).
La Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, incluye medidas para la valorización del conocimiento mediante la potenciación de la actividad de transferencia desde los agentes públicos de ejecución a través de las oficinas de transferencia de conocimiento.
El Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, establece las Oficinas de Transferencia de Conocimiento (OTC) y su Registro OTC, dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y regula el procedimiento para su reconocimiento e inscripción y cancelación.
En las universidades y OPI, la OTC es el interlocutor con empresas y otros agentes socioeconómicos, ofreciendo servicios como:
- Facilitar la colaboración entre investigadores y las empresas, identificando los expertos más adecuados para atender sus necesidades.
- Promocionar el catálogo de resultados de investigación disponibles para ser transferidos a la sociedad.
- Apoyar el establecimiento de contratos y otras formas de colaboración entre la universidad u OPI y la empresa.
- Ayudar a encontrar fuentes de financiación pública para las actividades de colaboración entre grupos de la universidad u OPI y otras entidades.
- Gestionar las patentes y otras formas de protección de la I+D.
- Asistir en las actividades encaminadas a la creación de empresas basadas en la explotación del conocimiento generado en la universidad u OPI.